domingo, 12 de diciembre de 2010

FISCAL ATIENZA: SIN JUSTICIA NO HAY DERECHOS HUMANOS

Soy un poco fanática de algunos conceptos. Estoy convencida de que las teorías deben servir para transformar el mundo. La "parresía", concepto estudiado por Michel Foucault, significa decir la verdad pero no ante cualquiera, sino ante quien tiene poder, asumiendo los riesgos que implica esto. Significa decir la verdad cueste lo que cueste, y es el coraje lo que permite el ejercicio de la parresía, jamás la cobardía.

Mi amiga y militante social Mónica Sonzini ejerce y practica la parresía como forma de vida. La conozco hace muchos años y doy fe de ello. Dice la verdad, siempre. Y la dice con el coraje de quien ama a la gente y defiende los derechos humanos de las personas. Aunque, para descalificarla, le digan loca.

Si para algunos decir la verdad es estar loco…que bueno es estar loco entonces!!!

Seamos locos, digamos la verdad: el fiscal Atienza es conocido por la comunidad y sabemos de sus amistades con el poder político y de su singular característica de no resolver los importantes casos que pasan por sus manos. Tuve ocasión de conocerlo personalmente en 2005 cuando quisimos presentar una denuncia por maltrato físico y verbal contra una directora escolar. Fuí con alumnos de la universidad y madres de la escuela, nos trató muy mal, no quiso tomarnos la denuncia, parecíamos nosotros los delincuentes. Casualmente esta directora escolar, Alejandra Ardiles, tiene fuertes vinculaciones con el acastellismo, ya que es puntera en Bº Mariano Moreno apadrinada por Pampero Barrera y su esposa Verónica Vivó.

Seamos locos, digamos la verdad: Mónica Sonzini estaba defendiendo los derechos humanos de los chicos guevaristas, jóvenes con ideales que se contraponen al vacío tinellista que afecta a la juventud actual, cuando fue violentada por el poder, y cuando digo poder están todos incluídos: desde el Fiscal Atienza hasta la policía que golpeó salvajemente a Mónica, física y psíquicamente.

Sigamos siendo locos y digamos la verdad: es el poder político el que permite los abusos policiales porque le conviene acallar voces que dicen la verdad, en complicidad con funcionarios judiciales como, en este caso, el Fiscal Atienza.

Que se cometen atropellos en contra de los derechos humanos de niños, jóvenes y adultos en comisarías, hospitales, escuelas, todos los días en el mundo…no es ninguna novedad…todos lo sabemos…algunos lo decimos y asumimos decir la verdad.

Otros niegan la realidad, y de paso la esconden…y terminan siendo cómplices de la situación, como en este caso el Fiscal Atienza.

Quiero expresar mi eterna solidaridad con Mónica y la familia hermosa que junto a Daniel construyó con amor total y comprometido, el mismo que profesa por sus alumnos en cada una de sus clases.

Quiero expresar mi solidaridad con miembros de la VACAP especialmente con mi compañera Derna Montero, docente totalmente comprometida con la transformación del mundo.

Que viva la locura, que viva la verdad!!! 

FISCAL ATIENZA: HAGA JUSTICIA!!!

 

MARÍA GABRIELA NASELLI

DNI 18.382.142


 

Pensar el accionar policial

Como ciudadano y ante las denuncias públicas que cuestionan cierto accionar policial, la actividad de organizaciones provinciales y locales que ponen la lupa sobre esta problemática y la relativización que se hace de las mismas, parece oportuno traer a cuenta las observaciones realizadas por el Comité de Derechos Humanos. Es este un órgano de expertos independientes de Naciones Unidas, encargado de vigilar el cumplimiento de lo establecido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El Comité sesionó en la ciudad de Nueva York, en marzo del presente año, y apuntó una serie de "preocupaciones y recomendaciones" para Argentina.

Traer algunas observaciones del Comité sobre la problemática que refiero puede aportar a un debate que debería abrirse y ser objeto de toda la atención posible por los diferentes sectores de la sociedad. En especial de parte de los gobernantes y la dirigencia política en general.

El mencionado Comité, luego de reconocer avances en diferentes temas, señala otras cuestiones por las cuales aún queda mucho por hacer. Así llega a la actuación de las policías en Argentina y en el punto 18 del informe textualmente señala que "El Comité observa con preocupación la abundante información recibida relativa al uso frecuente de la tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en las comisarías de policía y en los establecimientos penitenciarios…". Si bien se expresa que esta situación reviste especial gravedad en provincias como Buenos Aires y Mendoza, no deja de lado ninguna fuerza del país. Otro párrafo del mismo documento advierte que ese Comité "Observa igualmente que muy pocos casos denunciados son objeto de investigación y juicio y aún menos aquéllos que terminan en la condena de los responsables, lo que genera altos índices de impunidad. Al Comité le preocupa además la práctica judicial en materia de calificación de los hechos, asimilando frecuentemente el delito de tortura a tipos penales de menor gravedad, tales como apremios ilegales, sancionados con penas inferiores".

El documento del organismo de la ONU también menciona otras importantes cuestiones relacionadas con el funcionamiento de las policías en Argentina, como por ejemplo la aplicación de las detenciones preventivas, etc.  

Leer los señalamientos de esta institución quizás nos ayude a entender que, a diferencia de lo que dicen algunos sectores,  sería saludable abrir una discusión política sobre el funcionamiento policial en democracia. Hacerlo no dañará una institución que, por el contrario podrá salir fortalecida para su desempeño en el marco del respeto de los derechos humanos. Esto último incluso puede beneficiar a sus propios agentes que aún hoy están sometidos a regímenes de sanciones que, por lo menos, son discutibles y seguro tienen incidencia en sus desempeños profesionales. La discusión es sana, en democracia fundamental, y aportará a asegurar los derechos de todos los ciudadanos. El pensar cómo acciona la policía en democracia en un tema político que, reitero, a la luz de los sucesos de conocimiento público, merece un debate real en el cual se expresen todos los sectores. Ignorando el problema no se aporta sino a la injusticia social.


Lic. Jesús Chirino


 

Parte de prensa de integrante de VACAP:

Como integrante activa de VACAP  participó junto a todos/as los compañeros/as  en el accionar de VACAP, también  en la mañana del 30 de noviembre en la ur8, por  el derecho me le asiste, y  que ante las versiones ofrecidas en los diferentes  medios de comunicación por los partes policiales, informo  a la ciudadanía que  en honor a una ètica de la  verdad y a  una ética del bien Vacap organización humanitaria y política,  exigió a través de la voz de nuestra compañera Mónica Sonzini,   el cumplimiento irrestricto de la ley en cuanto a que la adolescente menor de edad debía ser liberada inmediatamente después de 9 horas que llevaba su  detención -junto a cinco jóvenes militantes de la juventud guevarista - y que por ley tampoco podía permanecer en los calabozos- recintos inhumanos-  sino en la oficina de guarda, ante el representante policial  Dagatti,  a cargo de minoridad.  
                La exigencia inclaudicable fue por el  irrestricto cumplimiento de la ley , este posicionamiento discursivo  derivó en la violenta detención por la fuerza policial de nuestra compañera. Como integrante  de Vacap,  doy fe de los pronunciamientos allí vertidos ya que estuve presente y participe  en la situación verbal aludida que fue contrarrestada con la violenta y brutal  detención policial de la compañera Mónica militante política y  social por los ddhh. Nuestra presencia y la exigencia discursiva no se condicen en ningún sentido con la violencia física y simbólica ejercida por el poder estatal.
         La violencia es constitutiva del aparato policial,  el silenciamiento y complicidad de los poderes estatales hace que nuestra organización continúe denunciando estas prácticas abusivas en resguardo de los derechos y responsabilidades ciudadanas. 

Derna Montero. 
6 de diciembre de 2010 conferencia de prensa.
10 de diciembre. Radio abierta en plaza centenario.

La criminalización de los jóvenes de sectores populares en la ciudad de Villa María y la Región

Introducción
La políticas neoliberales, implementadas en la década del 70, pero fuertemente  profundizada en los años 90, dejaron grandes consecuencias en la estructura del país, algunas de la medidas tomadas fueron el "achique" del Estado y se promovió la apertura del mercado externo, la desregulación de la economía, la privatización de empresas públicas, la flexibilización del mercado laboral y recortes en las prestaciones de la seguridad social. Generándose un ambiente propicio para el ingreso de capital financiero externo. Al mismo tiempo, se inició un proceso de descentralización estatal, la salud y la educación fueron trasladadas a los gobiernos provinciales, y se implementó un régimen de coparticipación.
Como señala Daniel García Delgado (2001), desde fines de la década del 90, comienzan a darse las reformas de "segunda generación" de políticas neoliberales, planteadas a partir del consenso post-Washington. Con estas políticas se busca mejorar la gestión, reducir el gasto público y enfatizar en las instituciones como reguladoras de mercados. , las medidas económicas adoptadas en las últimas décadas, impactaron fuertemente en la situación del mercado de trabajo. La reducción de la estructura productiva generó la caída del empleo industrial y del empleo asalariado, además implicó la precarización de las condiciones laborales. La polarización social se hizo cada vez más aguda a la vez que se registran cambios en las identidades sociales. A fines del 2001, el 42% de la población se encontraba por debajo de la línea de pobreza, donde la crisis institucional-política y económica fue un síntoma del modelo instaurado. Actualmente no se presentan cambios a niveles estructurales, donde casi diez millones de argentinos viven todavía en situación de pobreza e indigencia y 6 millones de personas con ingresos levemente por encima del umbral de la pobreza siguen estando en situación de gran vulnerabilidad (CELS,2008).
Sin embargo, en los últimos años, la palabra  (in)seguridad, sentimiento de inseguridad o datos concretos de aumento en las tasas de delitos han repercutido en la agenda pública y en las políticas adoptadas para abordar la problemática.
De este modo, frente la  descomposición del tejido social, donde la inseguridad de poder acceder a educación, empleo y salud, los discursos de inseguridad ocluyen el conflicto social (Scribano, 2008). En este sentido, como señala Alcira Daroqui, frente a las seguridades perdidas se reduce el significado de la palabra seguridad respondiendo con políticas criminales.
De este modo, en el presente trabajo nos concentraremos en las políticas de seguridad implementadas en la provincia de Córdoba,  para en un segundo momento presentar las consecuencias de dichas políticas punitivas-selectivas y por último, describir algunas acciones, para dialogar hacia una construcción para la resistencia. 

El Brazo Penal del Neoliberalismo
La expansión imperial del capitalismo puede ser caracterizada como: a) un aparato extractivo de aire, agua, tierra y energía, b) la producción y manejo de dispositivos de regulación de las sensaciones y los mecanismos de soportabilidad social, y c) una máquina represiva (policial-militar) global y local.(Scribano, 2008,2010)
Este último aspecto, se visualiza en la provincia de Córdoba en la aplicación de las políticas de Seguridad  y la aplicación de la teoría de Tolerancia Cero procedente de New York. Así, se empieza a visualizar desde el año 1999, la mutación del Estado  Benefactor de derechos básicos al Estado Penal (Wacquant).
Paul Hathazy, analiza dicha transformación en la provincia de Córdoba, teniendo en cuenta como primer cambio al interior de la administración provincial un aumento en el año 2004 del gasto en Seguridad y una disminución de los gastos en materia de Promoción Social, donde se destinó 322 millones del presupuesto en materia de Seguridad y 230 millones para Promoción y Asistencia Social. A su vez, señala que dicha mutación es correlativa en el aparato burocrático provincial, donde se realiza en el año 1999, una modificación de los rangos institucionales en clara cosmología neoliberal, donde la Secretaría de Seguridad como parte del Ministerio de Justicia se pasó a la institucionalización plena como Ministerio de Justicia y Seguridad, y el Ministerio de Desarrollo Social es convertido en Secretaría de Solidaridad y luego en simple Agencia Solidaria.
En el mismo sentido, Valeria Plaza Schaefer, analiza el cambio en las prácticas institucionales,  en materia de Justicia y Seguridad, donde el actual gobernador Lic Juan Carlos Schiaretti, disolvió el ministerio de Seguridad pero no pasó a depender del Ministerio de Justicia sino que depende del Ministerio de Gobierno, lo cual atenta contra la posibilidad de una política de seguridad más democrática y respetuosa de los derechos humanos, como así también obstaculiza los  controles institucionales por parte del poder legislativo y judicial.
A su vez, durante el año 2004 se reúne el gobernador José Manuel de la Sota, la Fundación Axel Blumberg y Carlos Medina representante del Manhattan Institute for Policy Research de Estados Unidos, para Latinoamérica. Dicho acuerdo implicó medidas de cortes represivas y selectivas sobre un determinado grupo social, en particular jóvenes, pobres donde las detenciones por "portación de rostro" se hicieron cada vez más agudas.
En este contexto se produce el Informe del Señor Ministro de Seguridad de la Provincia al señor Gobernador Dr. José Manuel de la Sota de enero de 2004, el cual se basó sobre tres ejes 1) Reingeniería, modernización, capacitación y eficientización  de la policía 2)Control Ciudadano Objetivo sobre la institución como garante de honestidad y legalidad en el accionar policial (Tribunal de ética Policial) y 3) Participación activa y comprometida de la ciudadanía en las políticas de prevención, con apoyo interdisciplinario e interministerial. Lo cual implicó un aumento de agentes policiales, un aumento en equipamiento en automóviles y armamento, aumento en controles de vigilancia mediante sistemas de cámaras comunitarias, en síntesis implicó medidas represivas frente a comportamientos considerados "sospechosos".
A su vez, en el año 2005, se promulga la ley 9235, en donde el eje es la "prevención" del delito. En elArtículo 22, cuando especifica la función de la policía se plantea:- "LA función de la Policía de la Provincia de Córdoba consiste, esencialmente, en el mantenimiento del orden y la tranquilidad pública, en la prevención y juzgamiento de las contravenciones y en la disuasión, prevención y conjuración temprana del delito, como así también su investigación cuando corresponda de acuerdo a la ley." Lo que se tradujo en un aumento del patrullaje por la ciudad de los Comando de Acción Preventiva y un aumento de las detenciones por contravenciones.
A su vez,  en la provincia de Córdoba regula desde el año 1994, el Código de Faltas, ley 8431, el cual es considerado inconstitucional dado que atenta tres preceptos constitucionales: 1)el principio de legalidad, 2) el derecho de defensa a juicio y 3) el derecho de acceso a la justicia. (Etchechurry, Juliano).
Lo que implica más arrestos, menos garantías y menos derechos, en este sentido Adela Coria y Horacio Etchechury señalan: "el Código afecta los derechos constitucionales a la defensa y a un juez imparcial. No garantiza un abogado defensor (art. 15). Cada persona detenida pasa hasta tres días esperando su "planilla de antecedentes". Puede perder su trabajo o descuidar su familia. A la "sentencia" no la dicta un juez, sino un comisario o subcomisario (art. 114). Las penas más altas de arresto llegan hasta 180 días (art. 111 del Código).Las condenas quedan en los antecedentes de las personas por 2 años (art. 11). Esto dificulta, por ejemplo, conseguir trabajo. La marginalidad favorece nuevos arrestos, ahora con una pena agravada por "reincidencia" (art. 10)." (pp4)
Marcelo Sain, señala dos procesos de criminalización, por un lado están las agencias de criminalización primaria, que serían el parlamento y el poder ejecutivo al sancionar una ley penal mediante la cual se establece un conjunto de conductas prohibidas cuya comisión debe acarrear la punición de sus autores. Y las agencias de criminalización secundarias, que serían las agencias policiales, judiciales y penitenciarias, siendo las agencias policiales las que adquieren una jerarquía en el proceso de selección criminalizante dado que las demás agencias actúan administrando los casos y personas que fueron criminalizados efectivamente por las agencias policiales. Ahora bien, el autor señala "la detención de sospechosos de delitos o contravenciones, el registro de la información recogida en la tarea de vigilancia, la investigación de personas, etc, todo ello llevado a cabo por la policía con el pretexto de prevenir y conjurar delitos, les brinda a estas agencias un conjunto de atribuciones arbitrarias que caen fuera de toda forma de control o revisión institucional y que les proporciona un poder mucho más relevante que el atribuido formalmente a ellas" (pp20)
De este modo, el Código de Faltas, es criticado por organizaciones de derechos humanos, dado el carácter arbitrario de sus artículos lo cual le otorga un poder a las fuerzas policiales como herramienta de detención sin detallar adecuadamente la intervención policial, donde los jóvenes suelen ser detenidos en su mayoría por los artículos de merodeo y negativa a identificarse. A su vez, el aumento de las detenciones arbitrarias, el aumento de patrullaje por la ciudad, el aumento de agentes de seguridad son consecuencias de las medidas adoptadas en materia de seguridad, donde tuvo una gran influencia el asesoramiento del Instituto Manhattan en la aplicación de la doctrina de Tolerancia Cero y Ventanas Rotas, como señala Loic Wacquant  "el objetivo de la penalidad made in USA es menos combatir el delito que liberar una guerra sin cuartel contra los pobres y los marginales del nuevo orden económico neoliberal que, por doquier, avanza bajo la enseña de la libertad recobrada" (pp17) 

Los Cuerpos del Castigo  
Las políticas selectivas-represivas por parte del Estado es una de las políticas más visibles que ejerce el poder como política sobre los cuerpos. En la ciudad de Villa María, la cual cuenta, de acuerdo al último censo poblacional, con 88.643 habitantes, se realizaron en el año 2008, 2.725 detenciones por contravenciones y en el año 2009, se efectuaron  2.362 arrestos, donde los artículos en los que mayor se presenta detenciones es por la figura de merodeo, escándalo en la vía pública  y negativa u omisión a identificarse.(Datos proporcionados por la policía local Ur8)
Teniendo en cuenta un informe elaborado por Adela Coria y Horacio Etchechurry en toda la provincia de Córdoba, la Policía efectuó 54.223 arrestos. Cerca de la mitad (un 49%) afectaron a jóvenes menores de 25 años. Las detenciones por edad  se distribuyen  aproximadamente del siguiente modo: 44% son jóvenes entre 18 y 25 años, 20;8% entre 26 y 35; más de 45 años, el 17,4%; de 36 a 45 años, el 8,7%; y menores de 18 años, el 5,2%.
De este modo, Alcira Daroqui señala "El encierro de la peligrosidad, sea individual o social, ha sido una constante (hace dos siglos, hace un siglo y por supuesto en el presente) que construye una suerte de 'estereotipo del delincuente' históricamente identificable. Mas aún, ya no sólo serán los pobres sino que además en una ajustada selectividad se "preferirá" significar al delincuente también como joven y varón." (pp3).
Los datos dan cuenta de la edad de la población que selectivamente el Estado castiga, pero que se solapa con condiciones sociales y económicas.
Los jóvenes que acompaña la organización Vacap (Vecinos Autoconvocados Contra Abusos Policiales) para realizar las denuncias frente a la violencia policial, como por detenciones arbitrarias proceden de los barrios Roque Saenz Peña, Las Acacias, Gral Roca, San Nicolás, Los Olmos, San Martín, Nicolás Avellaneda, Felipe Botta, San Juan Bautista, San Justo, Carlos Pelegrini, Las Playas, Centro como de la localidad de Villa Nueva, Las Perdices y Ballesteros. En este sentido, teniendo en cuenta los datos  proporcionados por el "Centro Estadístico Regional de la Municipalidad de Villa María" (CERMVM) en base a los datos del censo de 2001, los barrios Carlos Pelegrini, Felipe Botta, Nicolás Avellaneda y Los Olmos presentan hogares con más del 40% de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI). A su vez, los barrios las Acacias, Saenz Peña, Gral. Roca, San Martín, San Nicolás,  y las Playas, presentan hogares con menos del 40% de NBI.[1]
A su vez, la mayoría de los jóvenes son varones, pero la violencia también es ejercida sobre el género femenino, donde una niña de 13 años fue baleada por la policía, a la vez que otra niña la golpearon brutalmente en un pie que tenía operado causándole la inmovilidad del mismo. La violencia física como simbólica que se ejerce sobre el cuerpo individuo, subjetivo y social[2], tiene su complicidad en el poder, tanto el saber médico ya sea profesional de la salud de la institución policial como profesionales de la salud que atienden personas violentadas por la policía,  no informan correctamente los daños físicos. Esta complicidad también se da en el saber de la justicia, lejana y extraña ya en su mismo lenguaje, donde los familiares pasan horas recorriendo fiscalía sin respuestas, o sin que le den curso a sus denuncias.
Por otro lado, las mayores detenciones se dan por los artículos del Código como merodeo, negativa a identificarse o escándalo en la vía pública. Las detenciones muchas veces se producen camino al trabajo, donde los jóvenes varones se dedican a trabajos en la construcción como albañiles, herreros, colocación de aire acondicionados, o en supermercados.
En este sentido, tanto las denuncias que se presentan en El Diario local como las denuncias que da a conocer la organización Vacap, tienen como víctimas del Estado Penal a los jóvenes-pobres-de los barrios y en su mayoría varones.

De este modo, hay una construcción negativa con respecto a la condición de ser joven de sectores populares que los marca como posibles "sospechosos". En este sentido, "los signos de selección victimaria no significan la diferencia sino la in-diferencia que introduce el desorden en dicho sistema. Así, contrariamente a lo que se repite desde la idea de discriminación: nunca es la diferencia lo que obsesiona a los perseguidores, sino su inefable contrario, la in-deferenciación. No es que veamos otro nomás o ley en el otro, sino la anomalía, no vemos en él otra norma sino la anormalidad." (Boito,14)
Las detenciones arbitrarias no solo restringen la posibilidad de circular libremente por la ciudad, sino que también algunos jóvenes optan por irse a vivir a otra ciudad.
Colectivo de denuncia
De este modo, frente al avance de las políticas represivas en materia de seguridad, en la ciudad de Villa María, en Octubre del año 2008, se constituye como colectivo un grupo de Vecinos Autoconvocados Contra Abusos Policiales (VACAP). La convocatoria fue realizada por el padre de un joven de 16 años del barrio Las Playas, ya que su hijo fue detenido "por una supuesta contravención, lo requisaron en la vía pública sin testigos, le secuestraron la bicicleta sin labrar el acta correspondiente, lo alojaron en un calabozo de la Comisaría de Distrito y hasta lo fotografiaron para prontuariarlo como si se tratara de un delincuente" (El Diario, 1 Octubre2008). La contravención que le imputaron fue por negativa a identificarse, aunque el joven declaró haber proporcionado todos sus datos al momento de la detención.
En este sentido, frente a la impotencia del accionar arbitrario del poder policial, se recurrió al periódico local El Diario, donde se lee. "Invitamos a todos aquellos que hayan pasado por situaciones de abuso en el accionar policial, e incluso a quienes tengan certificados médicos, fotografías, filmaciones o cualquier tipo de prueba, para que se acerquen a la sede del Centro de Periodistas a los efectos de elaborar estrategias conjuntas para presentar ante la Justicia" (El Diario 1 Octubre). El colectivo se constituyó teniendo como principal objetivo la denuncia y acompañamiento de personas víctimas de abusos policiales, y algunas de sus acciones fueron presentar recursos de amparo y se repartieron cartillas "Tenés Derechos", donde explica cómo actuar frente a una detención policial, entre otras acciones.
En el informe presentado a INADI, tanto a nivel provincial como a nivel nacional, la organización Vacap se define como "una organización de vecino/as villamarienses movilizados por los  hechos sistemáticos de abuso de autoridad de determinados policías, y que constituyen un sistema que no podemos dejar de vincular con políticas emanadas de la superioridad policial.
Nuestra organización es antirrepresiva, intentamos no solo interesarnos en los hechos de nuestra ciudad sino, en casos que ocurren en todo el país, lo que permite que profundicemos el análisis de cómo se maneja la política de Estado, para no confundir la represión  como producto individual de algunos funcionarios sino entendiéndola en un marco ideológico mas amplio.
Trabajamos sobre algunas causas concretas; realizamos una intensa labor de denuncia, y acciones para que la ciudadanía se comprometa, contribuyendo a instalar el debate social sobre temas como la forma de intervención o la capacitación de las fuerzas de seguridad, en particular de la policía; trabajamos también sobre posibles cambios en la legislación vigente que permite grandes márgenes de discrecionalidad a los agente policiales, como por ejemplo el llamado "Código de Faltas de la Provincia de Córdoba". 
En este sentido entendemos que la plena vigencia de los derechos humanos solo es posible a través de la transformación social; es en este camino que orientamos nuestro trabajo, es por ello que necesitamos de otras instituciones para continuar y enriquecer la tarea de concienciar y comprometer. Somos una organización política no partidaria en permanente discusión a través de una tarea educativa de difusión, resistencia y denuncia."
A su vez en el informe presentan las siguientes líneas de acción:
Nos afecta  todo hecho en el cual una persona  sea víctima de las políticas represivas del estado, o de la represión política selectiva.
Asumimos una defensa o resistencia política y no técnica o legal  ya que  no somos profesionales de las leyes.
En el ámbito de la represión preventiva, nuestro objetivo central es promover la conciencia popular, poniendo en descubierto la realidad represiva cotidiana, combatiendo la "naturalización" de la represión que busca perfeccionar los mecanismos de dominación, e impulsando la organización popular en los barrios y sectores juveniles, desarrollando tares de formación e información.
 La organización barrial, entablar diálogo con familiares de víctimas; como tarea primordial, construir  una organización a nivel nacional.
Iniciar  la coordinación con otros grupos que trabajen en el campo antirrepresivo, con los que podamos tener acuerdo para la discusión y acción.
 Autodefensa popular.  Desarrollar materiales que circulen en barrios, colegios y facultades reproducidos por otras organizaciones y compañeros, como la cartilla "Tenés Derechos".
Nuestros compañeros que participen a menudo en mesas redondas, charlas y debates en todo tipo de espacios.
Cuestionar la conducta de las "fuerzas" cuando no permiten comunicación con la familia al momento de la detención. Como también la no identificación del agente o su rango en el uniforme.
Evitar con la información difundida se aproveche de la indefensión de las víctimas. Los métodos que ponen en práctica son ilegales: detención por no poseer documento.
Recabar todo dato posible personal sin una orden de captura. Palparlos en la vía pública sin razón. Detenerlos por la figura de "merodeo", solo por caminar.
El Código de Faltas revisarlo ya que se torna ilegal toda vez en que está basado en la presunción de que quedará librado a la propia conciencia de quienes lo ejecutan; sin inclinarse al debido control jurisdiccional o judicial de las conductas.
Recomponer en la población un sentimiento de protección legal y social, ante estas actitudes autoritarias sin sanción, ni reparación."
 A su vez, el periódico local, El Diario, también se constituyó como lugar de denuncia, donde distintos actores acuden a denunciar y buscar protección en la opinión pública frente a la violencia institucional- policial.
Sin embargo, en casos de violencia policial, la única sanción que recibe el agente es el traslado, pero no se cambian las prácticas institucionales, solo se apunta a las medidas correctivas pero no sancionadoras de la conducta policial, a la vez que ocluye responsabilizando a un individuo la violencia que la institución genera.

 Conclusión
El presente trabajo, intenta ser una contribución para un debate que se debe la sociedad con respecto a la problemática seguridad-inseguridad, en este sentido  dejamos algunos interrogantes abiertos con respecto a qué consideramos por seguridad.
El aumento en los últimos años de patrullajes por ciudad, como de agentes policiales no nos han indicado una baja en las tasas de delito pero si se hace cada vez más presente los casos de violencia policial como de masivas detenciones arbitrarias para justificar la "eficacia policial".
En este sentido, Emilio Sevesso, señala "mientras esta práctica se ha tendido a naturalizar en las formas del accionar policial, socialmente se han vuelto cada vez más aceptada y tolerada bajo la re-producción de un extendido juego imaginario sobre la "inseguridad". En primer lugar, la construcción de una sensibilidad creada en torno a un permanente riesgo personal y colectivo (miedo siempre, miedo en todas partes) que se co-constituye –como ya lo sabemos – por incidencia de los medios de comunicación, el juego político y los mitos urbanos. En segunda instancia, la creación de un fantasma que se impone como encarnación de los miedos (la pobreza, la juventud) y de una fantasía que la complementa como canal que vehiculiza una solución plausible (la política pública de seguridad y su complemento privado). De este modo se produce la sensación de que se lucha contra la inseguridad y de que se lo hace en la medida justa." (pp2)
De este modo, el Estado castiga selectivamente a los jóvenes de sectores populares, restringiéndole sus posibilidades de acción, no solo de circular libremente por la ciudad, sino que también pierden sus trabajos. En este sentido, hay que dar una fuerte batalla deconstruyendo los significados que se le atribuye a la condición de juventud anclados en situaciones de pobreza a quienes se les atribuye tanto por parte del Estado como legitimado socialmente, portadores  de  peligrosidad. 
A la vez que es necesario leyes democráticas que permitan un control de la sociedad civil frente a las instituciones punitivas. En este sentido es importante la lucha que se viene gestando de las organizaciones antirrepresivas de carácter nacional y provincial, ya que es un indicio esperanzador de la no naturalización de la violencia. Como así también, la lucha que cotidianamente realizan los padres de los jóvenes violentados por la policía ante la corrupción del poder.









[1] Los datos presentados fueron trabajados en "El contexto socioeconómico de Villa María tras la crisis de 2001: la importancia de la mirada en la construcción de los indicadores de pobreza" Aimar Lucas, Delgado Florencia y Peano Alejandra, en Otaiken. Boletín sobre prácticas y estudios de acción colectiva, Año 3, num6, Programa de Estudios sobre Acción Colectiva y Conflicto Social, CEA-UNC, Córdoba, PP 1-10



[2] "El cuerpo individuo hace referencia a la lógica filogenética, a la articulación entre lo orgánico y el medio ambiente; el cuerpo subjetivo se configura por la autorreflexión en el sentido del "yo" como un centro de gravedad por el que se tejen y pasan múltiples subjetividades y, finalmente, elcuerpo social que es -en principio- lo social hecho cuerpo (sensu Bourdieu).(Scribano, 2008,2010)

lunes, 25 de octubre de 2010

“Los (pibes) menores entran y salen por la otra puerta” género: ficción.


"
Esta aseveración la hacen muchos sujetos  a diario, cuando se enteran  por algunos medios de desinformacion , que un chico joven "negrito", "drogadicto",  estuvo participando en un robo , o apuntando con un arma, que no siempre es de juguete, en donde los adultos brillan por su ausencia, es decir no se sabe nada de ellos/as. Los menores referidos en esta historia, son autónomos e independientes, de todo poder que los pueda influenciar o corromper.

   Asi que llego la hora en la ciudad pujante de maria,  de darles su escarmiento a esos sujetos menores a solicitud de los sectores que piden más mano dura, más seguridad, y a los gobiernos, entiendase con toda su división de poderes,  que responden a esas exigencias  de juzgar por lo que aparece, por lo que se ve a simple vista., en donde el pere-jil, es el abanderado, el mas propenso a reunir todas las condiciones para ser condecorado con esa distinción.

 A las ordenes de encontrar uno al menos de  los  responsables, ante la justicia, cualquier parecido a la realidad es pura casualidad, que como es peresoza y anti-prejuiciosa, prefiere descargar el peso de las evidencias y los nombres de causas, a su progenitora la cia- poli, que como es cia se dedica a investigar los temas de estado también, como los de todo tipo de foja, especialmente a los ciudadanos de segunda, que le dicen., y protegiendo siempre a los ciudadanos de primera.

La justicia, es decir sus máximos responsables, son muy astutos para construir la in-justicia, con la estrategia de la "te-naza"  con la "ame" , de amerita un descargo,  en la que siempre, siempre los de abajo, son los que pagan, y sino vea en la cárcel quienes la habitan, "los ricos nunca entran  y los pobres nunca salen", profetizaba un graffiti, y Foucault por supuesto.

Hay un niño menor de 15 años en el encierro oriundo de la ciudad de maría, estudiante secundario, de uno de los institutos educativos más importantes por su historia de educación popular, laica y democrática,   en una de las cárceles de máxima seguridad,  de la provincia homónima de aquella de Andalucía,  quien lo encerró? Preguntan las voces ciudadanas, que en el estado de derecho, son las máximas voces, son la estirpe más fiel y genuina de la democracia representativa, repúblicana y federal,  la justicia bajo ley de protección judicial del niño y el adolescente Ley 9053, responden, y quienes?  la Secretaria de protección integral del niño y del adolescente Ley 9060 , con qué recursos? Con la Adhesión de la Provincia de Córdoba  a la ley Nacional 26061- Ley 9396, y  desde cuando rige? A los seis días de junio del año dos mil siete.

Ahí vienen esos y esas locas/os con un "megáfono" intentan tomar  la institución para declarar la falta de pruebas, la inocencia hasta que se demuestre fehacientemente su culpabilidad, con derecho a defensa, con la autoridad competente investigando y protegiendo los derechos de l niño y niña y adolescente., no!!! ellos son subversivos!!!! quieren hacer respetar la ley, las leyes,!!! no, "cia-poli", no, " in-justica", abrales ya una causa , no se puede permitir este abuso, hay que darles un escarmiento como con al quinceañero, es nuestro deber y para eso nos pagan...ah digame cuanto cobra usted?, y más de 20.000 pesos, hace poco estuvimos subiendonos los sueldos, vio como hacemos cumplir la ley. "

 

      cuento ficcional, cualquier parecido con la realidad es pura causalidad, casualidad digo. 


 

martes, 17 de agosto de 2010

Otro caso de abuso policial

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17 de Agosto de 2010

Acusó a varios efectivos policiales por hostigamiento y persecución

“Hago responsable al fiscal por si a mí me sucede algo”

Diego Salas fue a Tribunales y luego acudió a EL DIARIO para denunciar que desde hace dos años y medio es acosado por la Policía, que lo detuvo en varias oportunidades. Y dijo que si le pasa algo grave el responsable será el fiscal Félix Martínez

 

Cansado hasta el hartazgo de lo que considera una "injusta persecución" policial, Diego Martín Salas decidió patear el tablero y contar lo que le está pasando desde hace dos años y medio. Y después de acudir a la Justicia para denunciar el acoso que viene sufriendo, salió a defenderse públicamente a través de las páginas de EL DIARIO.
Antes que nada, Diego sabe que un error que cometió en enero de 2002 lo llevó a una condena de seis años de prisión. Pero desde que obtuvo la libertad, allá por enero de 2006, "no me mandé ninguna macana -asegura- pagué por lo que hice y ahora no me quieren dejar en paz".
Este joven de 27 años, desempleado y con graves inconvenientes en su salud (padece diabetes, es insulinodependiente y tiene problemas en la visión), sostiene que lo único que quiere es que lo dejen en paz para poder conseguir un trabajo y superar la difícil situación por la que atraviesa junto a su madre.
"No tengo nada que esconder, por eso fui a hacer la denuncia y hoy vengo a contar todo esto", señaló Salas al presentarse en la Redacción de este matutino para relatar lo que le está sucediendo.
Y añade: "Quiero que me dejen tranquilo y que no me amenacen con plantarme pruebas para involucrarme en algún delito. Además, necesito poder andar en paz para conseguir un trabajo".
Tras sostener que su madre "está muy angustiada y tiene miedo de que me pase algo malo", Diego recuerda que cuando fue a la Fiscalía del Primer Turno para radicar la denuncia, "el fiscal me dijo que no se iba a hacer cargo de nada y que solamente iba a investigar lo que yo denuncié".
"Por eso, quiero decir que hago responsable al doctor (Félix) Martínez por si a mí me sucede algo", enfatizó Salas como paso previo a contar la sucesión de hechos de acoso policial que lo llevaron a formular una denuncia judicial.

Cometió un delito y pagó

Casi con vergüenza por el daño causado, Diego comenzó su relato señalando que en noviembre de 2002 fue condenado a seis años de prisión por un asalto con un cuchillo, hecho que protagonizó junto a otros cuatro sujetos, tres de ellos menores de edad.
El atraco se había producido el 20 de enero de ese mismo año en perjuicio de un remisero villanovense y Salas fue detenido pocos días después.
Con apenas 20 años de edad, este joven domiciliado en calle Colombia al 1300, en barrio Roque Sáenz Peña, permaneció en la cárcel hasta enero de 2006, oportunidad en la que obtuvo la "libertad condicional" porque aquella había sido su primera y única condena.
En agosto de ese año consiguió trabajo en el Expreso Emir, y allí cumplió tareas sin problemas por espacio de un año y cinco meses.
"En enero de 2008 me volvió a detener la Policía: estuve tres días detenido en la Comisaría y otros 17 en la cárcel", recordó Salas. Y agregó: "Iba repartiendo en un camión con un compañero, Germán Gamero. Nos paró el oficial Diego Gallo y nos acusó de que teníamos armas".
Agregó que "Gallo se puso a discutir con el otro muchacho, a quien acusaba de que por su culpa lo habían sacado de la Brigada. La bronca era con él (Gamero), y también se la agarró conmigo".
"Unos pocos días antes de salir -continuó- el oficial Maximiliano Funes nos notificó que nos habían imputado ‘portación de arma’, pero un tiempo después, el fiscal (Gustavo) Atienza dictó la falta de mérito y más adelante fuimos sobreseídos."
Diego recuerda que luego de aquel mal trago estuvo internado un mes en el Hospital Pasteur tras sufrir una severa neumonía, aunque primero permaneció varios días en terapia intensiva, complicado por la diabetes que padece desde hace cinco años.
También tiene problema de visión. Usó lentes desde chico, pero ahora no tiene porque se le rompieron y no cuenta con recursos para comprarse unos nuevos.
Al salir del Hospital y hasta setiembre de 2008, se recuperó lentamente en la casa de su mamá. Luego consiguió trabajo en la gomería "El Triángulo" (propiedad del esposo de una tía), donde empezó realizando tareas de limpieza y luego arreglando neumáticos. Allí trabajó unos ocho meses, hasta mayo de 2009.
"La Policía iba seguido a la gomería y me provocaba, o le decían cosas de mí al dueño para que me dejara sin trabajo", continuó Salas en su pormenorizado relato.
El 6 de mayo del año pasado, alrededor de las 19.30, fue nuevamente detenido. "Estaba por comer algo en un carrito-bar que está al lado de la gomería cuando llegó una chatita y se bajaron dos personas que tenían puestas las capuchas de los buzos que llevaban", recuerda Diego.
"Eran de Investigaciones. Uno me dijo ‘somos policías... dame el arma que tenés’, y yo le dije que no tenía nada, que estaba trabajando", añadió.
Después llegaron otros móviles y varios efectivos, entre los que mencionó al comisario José Martínez, a Gallo y a Ezequiel Lozano.
"Me esposaron y me subieron a una camioneta del CAP -añadió-. Cuando íbamos hacia la Comisaría, Lozano me amenazaba diciéndome ‘dame el arma, sino te siembro una 9’, y yo le dije que hiciera lo que quisiera, que no tenía ningún arma y que no había hecho nada."
Cuenta que en sede policial le iniciaron un sumario contravencional por "negativa a identificarse" y que no la pasó bien. "Me insultaron y me verduguearon todo el tiempo porque se acordaron de los 20 días que había estado detenido en 2008."
Agregó que "en un momento de bronca me golpeé la cabeza contra la pared, y por eso me imputaron ‘daño calificado’ porque se rompió parte de la mampostería".
Estuvo detenido una semana. Hizo huelga de hambre durante dos días y hasta se negó a ser medicado.
"Salí el 14 y a la semana siguiente (el 21) volvieron a detenerme frente a la Escuela del Trabajo por ‘merodeo’, cuando en realidad yo iba a la casa de mi hermana", explicó. Lo soltaron a las dos horas.
Cuenta que en otras ocasiones logró evitar las detenciones sencillamente porque salió corriendo.
"Apenas me ven me meten preso. Tengo que ir al centro con mi mamá o con mi hermana, porque si me ven solo me detienen porque sí", se quejó Diego.
Pero la gota que rebasó el vaso se produjo el lunes de la semana pasada. "A eso de las 18.30 iba a la casa de mi abuela, en Villa Nueva, y apenas doblé en la plaza se me pusieron al lado dos policías en moto. Me pusieron contra la pared, me esposaron y me llevaron detenido a Villa María... ¡y yo no había hecho nada!"
Tras recuperar la libertad, a eso de las 22, decidió contactarse con gente de la VACAP (Vecinos Autoconvocados Contra los Abusos Policiales) para ponerse de acuerdo y concurrir a Tribunales lo antes posible para realizar la denuncia.
Sin embargo, esa misma noche, alrededor de las 12, volvió a padecer el hostigamiento policial. "Después de salir de la Comisaría, me fui caminando hasta la casa de una de mis hermanas, que vive en barrio Las Acacias. Allí me encontré con mi novia. Y cuando la estaba acompañando a su casa, que está a dos cuadras, vimos un patrullero con las luces apagadas. Nosotros apuramos el paso, pero unos 30 metros antes de llegar prendieron la luz y aceleraron. Entramos justo cuando el patrullero llegaba. Uno de los policías se bajó y pateó la puerta, y desde afuera gritaba ‘decile al puto ese que nosotros andamos siempre en la calle’. Después se fueron."

"No doy más"

Diego asegura que no sabe más qué hacer para evitar estos acosos permanentes. Y casi implorando, afirma: "No doy más, no puedo más. Quiero trabajar y poder caminar por la calle sin problemas. Por eso llamé a la gente de la VACAP, para decirles que quería hacer la denuncia".
La "frutilla del postre" la tuvo el miércoles pasado, a eso de las 19, cuando una camioneta del CAP, con dos uniformados adentro, se paró frente a la casa de la madre. "Vení cagón, salí", dice que le gritaron un par de veces antes de abandonar el barrio con las balizas encendidas.
En la denuncia judicial, Salas incluyó los nombres de los policías que lo hostigan, y además de los ya mencionados Martínez, Gallo y Lozano, agregó los de Cristian Carpené, un tal Mondino y otro apellidado Rivarola.

 

miércoles, 21 de julio de 2010

Veinte preguntas sobre el Código de Faltas

Veinte preguntas sobre el Código de Faltas

por Horacio Javier Etchichury,

docente de la Universidad Nacional de Córdoba

 

Aquí intento presentar, del modo más claro posible, alguna información sobre el Código de

Faltas. No es todo lo que se necesita saber, ni reemplaza el asesoramiento de abogadas/os. Cada

caso debe analizarse de modo particular y cada persona u organización debe tomar sus propias

decisiones en la materia.

 

1)    ¿Qué es el Código de Faltas?

Es una ley de la provincia de Córdoba, aprobada por la

Legislatura con el número 8431. Supuestamente, el Código sirve para castigar algunas conductas

(las “faltas”) que perjudican la vida cotidiana y así facilitar la convivencia. Pero en realidad, hoy el

Código incluye muchos comportamientos que no afectan a nadie y que son, en muchos casos, el

ejercicio de derechos que están en la Constitución Nacional.

 

2)    ¿Cómo funciona el Código en la vida diaria?

Esta ley autoriza a la Policía a detener personas

que estén cometiendo una falta (art. 123 del Código). A los detenidos se les puede imponer luego

una pena de multa (máxima: 5000 pesos, art. 106) o de días de arresto (máximo: 180 días, art. 111).

Durante 2007, según información oficial, la Policía hizo 15.000 (quince mil) detenciones en la

ciudad de Córdoba. O sea, 41 detenciones por día.

 

3) ¿Qué pasa si me detienen?

Para detener a alguien, la Policía lo acusa de estar cometiendo una

falta y luego lo lleva a una comisaría. Allí queda entre uno y tres días, esperando la “planilla de

antecedentes”. Si no aparece alguna condena anterior, la Policía libera a la persona. Los días que

estuvo presa no son el castigo por la falta, sino una “detención preventiva”. La persona debe volver

diez o quince días después: ahí se le hace firmar un papel con la condena aplicada. Esto se llama

“notificación” (art. 117). Cuando pone su firma, la persona está diciendo que se entera de la

condena y que está de acuerdo. En general, no hay que cumplir la condena en ese momento. El

arresto queda pendiente para la próxima detención (art. 22), porque estará en la “planilla”.

 

4) ¿Quién dicta la condena?

Lo hace un comisario (o subcomisario, en el interior) (art. 114).

 

5) ¿Cuándo tengo derecho al arresto en mi casa?

Según el mismo Código (art. 24), cuando no

haya lugar en los establecimientos adecuados. También si la persona detenida es una mujer

embarazada o que esté amamantando, o un individuo mayor de 60 años o que sufra alguna

enfermedad o impedimento. Por último, el arresto domiciliario corresponde cuando la detención en

otro lugar pudiera perjudicar de modo grave e irreparable a la familia de la persona arrestada.

 

6) ¿Cuánto tiempo queda la condena en mi registro?

Se mantiene por 2 (dos) años (art. 11).

 

7) ¿Qué quiere decir “apelar” la condena?

Significa rechazar la decisión del comisario, y pedir

que un juez la revise (arts. 118 y 120). Para hacerlo, debe escribirse “APELO” antes de la firma en

el papel donde figura la condena. Si no se puede, hay que ir inmediatamente después de firmar al

juzgado de Faltas correspondiente (en la ciudad de Córdoba, en el edificio de Tribunales I, Caseros

555). Allí se presenta un papel con el nombre, DNI y domicilio de la persona condenada, y se pone

por escrito lo ocurrido y se dice claramente que se quiere apelar la condena. En el mismo papel,

debe pedirse la asignación de un abogado defensor gratuito (art. 15) si no se tiene dinero para uno

privado. Este escrito de apelación debe llevarse en dos copias. Una es para el juzgado; la otra, con

un sello que indica la fecha de presentación, queda para la persona que apela.

 

8) Si estoy detenido/a, ¿puedo apelar la condena?

Sí, a través de otro. Si luego de la condena la

persona sigue arrestada, cualquiera puede hacer la apelación en su favor (art. 118).

 

9) Si apelo, ¿me pueden dar más días de arresto?

No. El juez solamente revisa la condena. Puede

eliminarla, declarando inocente a la persona. Puede también confirmarla; pero no puede aumentarla

(art. 122).

 

10) ¿Tiene la Policía derecho a detenerme por el Código de Faltas?

Sí, pero no corresponde. Sí

puede porque el Código vigente le da esa atribución (art. 123). Pero no corresponde porque ese

mismo Código es inconstitucional.

 

11) ¿Qué quiere decir que el Código es “inconstitucional”?

Significa que va en contra de

derechos asegurados en la Constitución Nacional, y que no debería mantenerse como ley de la

Provincia. Hasta que la Legislatura lo elimine o lo cambie por otro, se puede pedir al juez que lo

declare inconstitucional y que no lo aplique en el caso de la persona detenida.

 

12) ¿Por qué el Código es inconstitucional?

Hay dos razones principales. 1) El procedimiento del

Código viola los derechos constitucionales de defensa y de acceso a la Justicia. 2) El Código

castiga algunas formas de ejercer la libertad personal y los derechos constitucionales de circular, de

trabajar y de expresarse, entre otros.

 

13) ¿Cómo afecta el derecho de defensa?

La Constitución (en su art. 18) garantiza ese derecho a

tener un defensor. Pero según el Código “no es necesario” tener abogado (art. 15), a pesar de que

está en juego la libertad de la persona.

 

14) ¿Cómo afecta el derecho de acceder a la Justicia?

Según la Constitución, solamente un juez

“independiente” e “imparcial” puede resolver sobre los derechos y la libertad (Convención

Americana de Derechos Humanos, arts. 8 y 25; esta Convención vale tanto como la Constitución).

En el Código de Faltas, la condena es dictada por un comisario o subcomisario (art. 114). No es un

juez; tampoco es “independiente” (depende del Jefe de Policía y del Gobernador); tampoco es

“imparcial” (integra la misma institución que detiene y acusa a la persona). No juzga “desde

afuera”, sino que es parte en el procedimiento.

 

15) ¿Cómo afecta la libertad personal?

Nuestra Constitución (art. 19) garantiza esa libertad

mientras no se dañe a otros ni se afecte el orden o la moral pública. El Estado no puede castigar el

ejercicio de esa libertad personal. Pero el Código establece pena de arresto para quienes tomen una

bebida alcohólica en la calle (art. 61), sin que ello afecte a nadie ni provoque ninguna alteración del

orden.

 

16) ¿Cómo afecta a la libertad de circular?

La figura del “merodeo” (art. 98) castiga con arresto a

quien esté “en actitud sospechosa” cerca de edificios o vehículos. El personal policial define qué

resulta “sospechoso”: cualquier caminata por la calle puede convertirse en “merodeo”. No hace falta

que nadie solicite a la Policía que actúe. Esto afecta el derecho a transitar (art. 14 de la

Constitución). Algo parecido ocurre con la “omisión de identificarse” (art. 79 del Código), que

permite arrestar a quien no se identifique ante la Policía o no responda sus preguntas.

 

17) ¿Cómo afecta el derecho a trabajar?

Contra quienes ejercen el trabajo sexual se usa la figura

de “prostitución molesta o escandalosa” (art. 45 del Código). Tampoco hace falta que alguien se

sienta molesto o escandalizado: la Policía puede detener por iniciativa propia. Esta falta tiene una

pena más alta que la de “escándalo público” (art. 52): se castiga especialmente al trabajo sexual. Así

se violenta el derecho a trabajar (art. 14 de la Constitución y art. 6 del Pacto Internacional de

Derechos Económicos, Sociales y Culturales; este Pacto tiene el mismo valor que la Constitución).

 

18) ¿Cómo afecta a la libertad de expresión?

La figura de “reuniones públicas tumultuarias” (art.

99) también puede usarse contra manifestantes. La Policía decide qué es un tumulto y puede arrestar

a quienes están en la marcha (aunque no participen en el tumulto ni lo causen). Esto puede limitar

los derechos a la libre expresión y a peticionar a las autoridades (art. 14 de la Constitución).

 

19) ¿Qué hacer frente al Código?

Cada organización debe definirlo. Desde el punto de vista del

derecho hay varias alternativas. Por ejemplo, puede usarse el hábeas corpus (art. 43 de la

Constitución): es un escrito para pedir a un juez que libere a alguien detenido por Código de Faltas,

solicitando que se declare inconstitucional el artículo que le hayan aplicado, y también que se le

provea un abogado defensor. Cualquier persona, incluso sin abogado, puede presentar un hábeas

corpus a favor de otro. Debe hacerse en la mesa de entradas de Tribunales II (Fructuoso Rivera 720)

de lunes a viernes de 8 a 20 hs, y fuera de esos días y horarios, en la mesa de atención permanente

en Tribunales I (Bolívar 250). Hay que llevar dos copias, para quedarse con una sellada y firmada

por quien recibió el escrito. El hábeas corpus también puede usarse para pedir que se garanticen

condiciones sanas de detención o para prevenir un arresto que esté por producirse.

Pueden pedirse acciones a otros poderes. El Gobernador, como jefe supremo de la Policía, puede

ordenar que se asigne abogado defensor a cada detenido por faltas, o fijando pautas claras para las

figuras más discutibles (como el “merodeo”). La Legislatura puede reformar o derogar el Código

para asegurar el respeto de la Constitución. También puede designar los jueces de faltas que

reemplacen a los comisarios, algo que se viene postergando desde 1994. El Tribunal Superior de

Justicia puede dictar “normas prácticas” para la aplicación del Código (art. 127) ordenando que se

provea abogado defensor a cada persona detenida, o que la “planilla de antecedentes” se espere en

libertad, o que cada condena se apele automáticamente. Estas son apenas algunas vías posibles:

cada organización decidirá cuáles sirven a sus estrategias.

 

20) ¿Dónde puedo leer el Código de Faltas y un modelo de hábeas corpus? Hay más

información en http://codigodefaltas.blogspot.com

Córdoba, julio de 2010.

 

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